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8 Pasos para obtener registro, permiso y motivación sanitaria: Imagen
En Colombia todo alimento que se expenda directamente al consumidor deberá obtener, de acuerdo con el riesgo en salud pública, la correspondiente autorización de comercialización:
Notificación Sanitaria (NSA)
Permiso Sanitario (PSA)
Registro Sanitario (RSA)
Éstas son expedidas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima.
Los pasos que debe seguir para solicitar dichos Registros, Permisos o Notificaciones Sanitarias de Alimentos son:
Paso 1: Realice la inscripción de su fábrica según lo dispuesto en el Artículo 126 del Decreto – Ley 019 de 2012 . Si ya se encuentra inscrita continúe con el siguiente paso.
Paso 2: Identifique la categoría del riesgo para su producto, según Anexo de la Resolución 719 de 2015. Si tiene alguna duda sobre la clasificación a través del Chat de Consultas Generales o en el Chat de Alimentos y Bebidas
todos los días de 8:00 a.m. a 12 M y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.Paso 3: Una vez identificada la clasificación del riesgo de su producto tenga en cuenta que si corresponde a RIESGO ALTO requiere RSA, RIESGO MEDIO requiere PSA o RIESGO BAJO requiere NSA, según el Artículo 37 de la
Resolución 2674 de 2013 y Resolución 3168 de 2015.Paso 4: Tenga en cuenta que puede amparar alimentos bajo un mismo Registro, Permiso o Notificación Sanitaria en los casos establecidos en el artículo 42 de la Resolución 2674 de 2013.
Paso 5: Si se trata de un alimento de riesgo alto o medio verifique los requisitos para la obtención de RSA o PSA establecidos en el Artículo 38 de la Resolución 2674 de 2013. Si se trata de un alimento de bajo
riesgo, verifique los requisitos establecidos en el Artículo 40 de la misma Resolución para solicitar una NSA.Paso 6: Diligencie los formularios: información básica, solicitud de Registro, Permiso o Notificación Sanitaria, según sea el caso, los cuales se encuentran en el archivo Excel “Formato único de Alimentos registros
Sanitarios o Permiso Sanitario o Notificación Sanitaria y trámites asociados”. (Res. 2674 de 2013, Res. 3168 de 2015).Paso 7: Verifique la tarifa que debe cancelar según el trámite requerido en nuestro manual tarifario y realice el pago a través de las opciones de pago PSE o pago por código de barras.
Paso 8: Enviar dicha documentación a través de nuestro canal virtual, seleccionando las opciones “Enviar una nueva solicitud” y “Alimentos y Bebidas Alcohólicas”.
Nota: Si sus productos corresponden a alimentos dirigidos a poblaciones especiales (p.ej. deportistas, pacientes con alguna enfermedad), surta el trámite de consulta a la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas (SEAB), antes de solicitar la Notificación Sanitaria (NSA), el Permiso Sanitario (PSA) o el Registro Sanitario (RSA). Las actas de la Sala Especializada pueden ser consultadas.
Fuente: https://www.invima.gov.co/8-pasos-para-obtener-su-registro-sanitario-de-alimentos
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